TIPOS NACIONALES Y EUROPEOS DE VEHÍCULOS AGRÍCOLAS
¿VA A REALIZAR EL CARROZADO DE VARIOS VEHICULOS AGRÍCOLAS?
HOMOLOGACIÓN DE TIPO NACIONAL Y EUROPEA PARA VEHÍCULOS AGRÍCOLAS
- Homologaciones de tipo en máquinas o vehículos agrícolas nuevos
- Homologación de máquinas remolcadas y vehículos agrícolas nuevos
- Homologación de tipo para series cortas de máquinas o vehículos agrícolas
La homologación de tipo en vehículos agrícolas permite a los fabricantes la fabricación de vehículos conforme a un tipo homologado. Esta homologación puede ser nacional o europea, dependiendo del mercado en el que se quiera comercializar dicho vehículo agrícola.
El laboratorio de homologación de vehículos LCOE como Servicio Técnico designado por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, tiene la capacidad de realizar todo el trámite de homologación que se concrete en la inspección, ensayos y elaboración de la documentación final que da lugar al certificado de homologación.
¿NECESITA UN TIPO NACIONAL O EUROPEO?
La tramitación de un TIPO nacional o europeo se basa en el reglamento europeo R(EU) 2015/167, reglamentos delegados como el R(EU) 2015/68 de freno, y disposiciones nacionales RD750/2010, ITC1212/2018.
La homologación de tipo europeo y nacional se diferencian en la validez de la homologación, a nivel nacional o europeo; sus requisitos y exigencias también son distintos, así como la normativa a aplicar y los trámites. En todo caso, el LCOE se encarga de todo el proceso de homologación.
DOCUMENTOS
- A) Ficha de características según la normativa
- B) Certificaciones de los componentes exigidos para cada caso
- C) Cuando la homologación del vehículo requiera de freno, informe H u homologación parcial de frenado
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